jueves, 22 de diciembre de 2011

GenealogiaSureste 1351 Buscando a Luis Lopez Elizondo

Amigos,

Me urge contactar a nuestro amigo genealogista e historiador don Luis lopez Elizondo
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Benicio Samuel Sanchez
Genealogista e Historiador Familiar

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(Élder J. Richard Clarke, Liahona julio de 1989, pág.69)



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GenealogiaSureste 1350 Esteban Austin logró establecer estas primeras 300 familias en Texas



Moisés Austin obtiene permiso para colonizar Texas. Será el origen de muchos problemas de consecuencias drásticas para el país.

Enero 17 de 1821

El gobierno de la Nueva España expide permiso al ciudadano norteamericano Moisés Austin, para colonizar con trescientas familias procedentes de la Luisiana el territorio de Texas. Como requisito se le señala que sean católicos romanos, o hacerse tales antes de entrar en el territorio de Texas; que traigan consigo constancias fidedignas de su buena vida y costumbres; y que presten todos el debido juramento de obedecer y defender al gobierno del rey de España, y de observar la constitución política de la monarquía española, sancionada en 1812.  Se les otorgarán 259 hectáreas por jefe de familia, 129.5 para la esposa y 40.469 para cada hijo, así como una exención de impuestos por siete años. Se acepta la importación de esclavos, pero con libertad de vientre para los mismos y la prohibición de su venta.

La conquista del territorio de Nueva España no se extendió de inmediato a la región del norte, habitada por los llamados indios apaches. Hasta el siglo XVII, en Texas fueron establecidos presidios y misiones: San Antonio de Béjar que fue fundado en 1692 y Bahía del Espíritu Santo en 1716, formaban parte de la intendencia de San Luís Potosí. Luego que en 1801 Francia cedió la Luisiana a los Estados Unidos, éstos quisieron apoderarse del territorio de Texas argumentando que formaba parte de Luisiana, pero renunciaron a sus pretensiones por el tratado Adams-Onís del 22 de febrero de 1819 firmado en Washington, a cambio de que España cediera en sus reclamos del territorio de Oregon. Al consumarse la independencia de México, se logró que Estados Unidos reconociera los límites que tenía la Nueva España, pero su primer embajador Poinsett, planteó la compra de los territorios del norte. Al no obtener una respuesta favorable del gobierno mexicano, Poinsett optó por apoyar la colonización de Texas por sus nacionales, para en su momento, una vez tomado el territorio texano proceder a negociar su cesión.

Moisés Austin morirá este mismo año y su hijo, Esteban, continuará su empresa colonizadora. La colonia angloamericana, se llamará Fredonia y tendrá como centro San Felipe de Austin. El 11 de marzo de 1823, su hijo Esteban F. Austin recibirá por parte del gobierno imperial de Agustín de Iturbide un permiso de colonizar. Como teniente coronel nombrado por el comandante de las Provincias Internas de Oriente, Austin ejercerá una amplia autoridad en la zona y gracias a la confianza de que gozará en los círculos gubernamentales obtendrá nuevas concesiones para colonizar, especialmente a través de José Antonio Navarro, futuro firmante de la Declaración de Independencia de Texas, terrateniente, comerciante y diputado local en el Estado de Coahuila y Texas y también en el congreso federal mexicano.

Al poco tiempo, las provincias de Texas, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas, formarán una Junta en Monterrey para tratar de separarse y hacerse independientes y en prevención de mayores problemas, el gobierno mexicano tomará algunas medidas, la principal será la prohibición de colonizar a los extranjeros limítrofes en aquellos Estados y territorios  mexicanos que colindaran con sus naciones.

Al ser promulgada la constitución de 1824, Texas pasará a formar parte de la provincia de Coahuila, pues pese al flujo de inmigrantes, no tendrá suficiente población para integrar un solo estado, de modo que se formará el Estado de Coahuila y Texas. El 18 de agosto de 1824, se expedirá un decreto de colonización para poblar el territorio del norte que dejará la administración de los terrenos baldíos en manos de los estados, por lo que el 24 de marzo de 1825, la legislatura local expedirá una ley de colonización abriendo por completo las puertas a la colonización de extranjeros y otorgándoles privilegios de tierras y exención de impuestos por diez años. Esta oportunidad será aprovechada por los especuladores de tierras que relajarán más las restricciones a la inmigración e incluso venderán la tierra que se otorgaba gratuitamente,  a los colonos extranjeros.

La inmigración de estadounidenses será abundante y se irán formando comunidades que conservarán su lengua, religión y costumbres, por lo que tendrán un vínculo muy débil con el resto del país, no obedecerán sus leyes y mantendrán la esclavitud en territorio mexicano. Es por esto que desde 1826, se manifestará el separatismo cuando Haden Edwards proclama la República de Fredonia, aunque será sometido por la propia milicia de San Felipe de Austin.

El 22 de diciembre de ese mismo año, David G. Burnet, abogado, empresario y futuro presidente interino de la República de Texas, recibirá la concesión para establecer 300 familias al norte del Viejo Camino Español y alrededor de Nacogdoches, con la que iniciará sus especulaciones comerciales de tierra aun considerada mexicana.

En 1827 se promulgará la Constitución del Estado de Coahuila y Texas que prohibirá la esclavitud. Dado que los colonos más ricos se dedican al cultivo del algodón y del tabaco empleando mano de obra esclava, se anunciará una ley que establecerá la manera en que el gobierno del estado indemnizará a los propietarios de esclavos. Austin protestará porque considerará injusto arrebatar su propiedad a los esclavistas y porque también le parecerá injusto gravar para obtener recursos con ese fin a la población de Coahuila. Entonces los legisladores coahuilenses optarán por atenuar su prohibición, estableciendo únicamente la libertad de vientre y disponiendo que sólo el diez por ciento de los esclavos podrán heredarse y de no haber herederos, los esclavos quedarán libres. De este modo, a largo plazo se haría desaparecer la esclavitud. En respuesta, los esclavistas radicados en Texas inventarán contratos y deudas que en la práctica mantendrán a los negros en condición de esclavos.

En 1828 John McMullen y James McGloin comprarán la concesión otorgada por el Estado de Coahuila y Texas a Benjamin Drake Lovell y John G. Purnell para establecer una colonia de 200 inmigrantes católicos.

En 1829 el presidente Vicente Guerrero decretará el 15 de septiembre la abolición de la esclavitud, pero ante la presión de Austin y del gobernador del estado de Coahuila y Texas, que advertirán que la medida creará graves consecuencias, aceptará que no tenga vigencia en Texas, con la condición de que no se importe un esclavo más.

El gobierno mexicano enviará una comisión encabezada por Manuel Mier y Terán, para investigar la situación de Texas. El informe señalará que prácticamente no existe control sobre esta región, que los colonos de habla inglesa superan diez a uno a los hispanoparlantes, que estos colonos ignoran las leyes mexicanas y practican su propia religión, así como que el comercio de esclavos sigue en auge.

Como resultado de este informe, el gobierno mexicano expedirá el 6 de abril de 1830, a iniciativa de Lucas Alamán, una nueva ley de colonización para restaurar el control sobre Texas. La ley dispondrá la supervisión federal del cumplimiento de los contratos de colonización, limitará la introducción de esclavos y favorecerá la llegada de familias mexicanas pobres y de expresidarios que hayan obtenido su libertad; así mismo establecerá ocho guarniciones con nombres náhuatl para "mexicanizar" la zona . Dada la incapacidad del gobierno mexicano para hacer cumplir la ley, los colonos extranjeros, con el apoyo del gobierno de los Estados Unidos, continuarán con su labor de resistencia separatista. Así, en 1832, los texanos organizarán una convención para plantear que desaparezcan los controles establecidos en la ley de 1830 y el 4 de julio de ese mismo año, atacarán el cuartel Anahuac por la instalación de una primera aduana y la negativa del comandante de la misma, coronel David Bradburn, a devolver dos esclavos prófugos.

Al año siguiente, después de celebrar una segunda convención, Esteban Austin viajará a México a presentar sus peticiones, entre ellas, principalmente, que Texas forme un estado separado de Coahuila, se derogue la ley de 1830 y se amplíe el periodo de exención de impuestos. Al no ser atendido, Austin ordenará al ayuntamiento de San Antonio que se erija el gobierno autónomo de Texas y será aprehendido en la ciudad de México. Después será liberado y los texanos continuarán con sus intentos separatistas. Sin embargo, el Congreso mexicano quitará la prohibición de recibir colonos norteamericanos y les concederá algunas mejoras.

El 2 de octubre de 1833 Austin enviará una carta al Ayuntamiento de Béjar en el que señala: "… espero que no perderá V. S. un solo momento en dirigir una comunicación a todos los ayuntamientos de Texas, excitándoles a reunirse en la medida de organizar un gobierno local independiente de Coahuila, aunque negase el gobierno general su consentimiento…"

El 22 de junio de 1835, con el pretexto de no estar de acuerdo con la adopción de un sistema centralista de gobierno, será proclamada el acta de pronunciamiento de independencia de Texas y finalmente, Texas se declarará plenamente independiente el 2 de marzo siguiente. Para entonces, la mayor parte del territorio texano, como se muestra en el mapa tomado del Atlas Conmemorativo 1810-1910-2010, se hallará distribuido entre diferentes "empresarios" a los que se les han otorgado extensas concesiones de colonización y que de pronto se convertirán en "patriotas" texanos y paladines de la "libertad" para negociar su anexión a los Estados Unidos.   

Justo Sierra (Evolución Política del Pueblo Mexicano) escribirá: "La codicia de los Estados Unidos se manifestó con mil pequeñas tentativas de ensanche de límites desde que su movimiento expansivo los constituyó en vecinos de la comarca texana, fértil, bien regada y abundantísima en ganados. El gobierno español procuró ser muy firme en cuanto a sus derechos y muy parco y cauteloso en sus concesiones; la que dio origen a la colonización americana en Texas, fue la hecha a Austin, el padre, para establecer trescientas familias católicas en las provincias. La necesidad de contar con la simpatía de los Estados Unidos y nuestra casi impotencia para hacer valer nuestros derechos, nos obligaron a descuidar las restricciones y a consentir en el hecho fundamental; pronto Texas fue un grupo de pequeñas, pero activas colonias americanas; los terrenos cedidos allí a ciudadanos mexicanos como Mejía, Zavala y otros, eran vendidos a norteamericanos, que corrían a establecerse en el rico Estado. El peligro era tan claro y se juzgó tan inminente que en la primera administración de Bustamante se dio una ley prohibitiva sobre propiedades raíces de extranjeros en los Estados limítrofes, ley enderezada contra los norteamericanos, que continuaron su lenta invasión colonizadora a pesar de las medidas militares tomadas… El Estado, entonces unido a Coahuila, comenzó por tomar parte resuelta en la revolución que el comercio contrabandista de Veracruz inició contra la rigorosa administración de Bustamante en 1832, a cuya cabeza se puso el inevitable Santa Anna; luego, al siguiente año, se declaró motu proprio desligado de Coahuila. [Lorenzo de] Zavala, propietario allí, a quien empujaban el interés, el odio intenso de jacobino y de sectario contra el catolicismo que, ciertamente, en la República mexicana tenía entonces el triste aspecto de una superstición inmensa, la admiración incondicional por los Estados Unidos y su apego ingénito de yucateco por la federación y hasta por la autonomía y escisión de los Estados, llevó a Texas la noticia del advenimiento del centralismo. Los colonos, conmovidos profundamente por sus incitaciones elocuentes y por las de Austin, decidieron separarse de México y declararse independientes, seguros del apoyo eficaz de los Estados Unidos. Esto era triste e inevitable; todas las ligas de Texas estaban entre sus hermanos, ninguna íntima tenían con los mexicanos; por desgracia, la ruptura del pacto federal dio a la separación, que habría acontecido tarde o temprano, un estricto carácter legal... Si la Constitución del 24 hubiese sido legalmente reformada, claro es que nada habría podido obligar a los Estados federados a que siguieran unidos sin nuevo convenio que, pues contrato era, dependía de la voluntad de los que lo pactaban y podía no ser renovado. Si Texas no dio a su separación toda esa solemnidad, fue porque no hubo reforma de la Constitución en el sentido central, sino supresión revolucionaria de ella, proclamación del centralismo y convocación de una asamblea que sancionase el hecho… Si nuestros políticos hubieran tenido la presencia de ánimo suficiente para ver así las cosas…"

Santa Anna perderá la guerra con la llamada República de Texas, apoyada por el gobierno norteamericano con armas, gente y suministros, pero Estados Unidos formalmente declarará su neutralidad en el conflicto y expresará que "sólo defenderá su frontera". Al mismo tiempo, el presidente Jackson presionará al gobierno mexicano para que atienda sus reclamaciones y posicionará un ejército frente a Nacogdoches.

Los años siguientes, Texas será una nación independiente de facto. Los distintos gobiernos mexicanos, enfrascados en luchas internas y ocupados en defenderse de agresiones externas, como la "guerra de los pasteles", no se avocará a solucionar, cuando aun será tiempo, el problema de Texas y así salvar el resto del territorio norte del expansionismo norteamericano.

En el campo internacional, los texanos lograrán avances: en marzo de 1837, el presidente Jackson reconocerá su independencia y en 1840, Inglaterra procederá en el mismo sentido.

El 18 de febrero de 1844, se firmará finalmente un armisticio entre México y Texas.

El 12 de abril de 1844, el presidente de Estados Unidos John Tyler celebrará un tratado de anexión con Texas, que no será ratificado por el Senado norteamericano por no contar con el consentimiento previo de México. Entonces, Tyler buscará la vía de la Cámara de Diputados y el 1º de marzo de 1845, se aprobará el proyecto de anexión inmediata de Texas como un nuevo estado de la unión. Las relaciones entre México y Estados Unidos quedarán suspendidas. Mientras, el gobierno norteamericano, presidido por James Knox Polk, que había basado su campaña en el expansionismo territorial, buscará una manera de hacer que México le declare la guerra para vencerlo rápidamente y despojarlo de territorios. Finalmente, al no lograrlo, acusará a México de una agresión en territorio "norteamericano" y con este pretexto, en mayo de 1846, los Estados Unidos declararán la guerra a México.

Doralicia Carmona: MEMORIA POLÍTICA DE MÉXICO.



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GenealogiaSureste 1349 Lanzamiento del Programa Family Tree Builder 6.0



Estimado Samuel,

 

Me pongo en contacto con usted en esta oportunidad, para hacerle llegar la nota de prensa referente al lanzamiento de la nueva versión de nuestro programa gratuito de Genealogía Family Tree Builder 6.0

 

Hemos incluido nuevas características y realizado mejoras  en muchas de las ya existentes, lo que realmente da como resultado un excelente programa.

 

Como Genealogista, su opinión y sus comentarios son muy importantes para nosotros, por lo que estaría encantado de recibir su opinión sobre este nuevo lanzamiento, así como también la difusión de éste entre sus cercanos.

 

Le deseo que tenga un excelente fin de año. Que estas fiestas estén acompañadas de mucha familia y mucha paz.

 

Un cordial saludo,

 

Javier Eskenazi

Country Manager España / LATAM

Javier@myheritage.com

Skype: my.heritage.espana

Twitter: @myheritageES

Facebook: MyHeritage

 


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GenealogiaSureste 1348 Fwd: [Genealogía de México Weblog] Pendientes de moderación: "[Genealogia.org.mx] 12369 Apellido Chagoya"



---------- Mensaje reenviado ----------
De: WordPress <donotreply@wordpress.com>
Fecha: 22 de diciembre de 2011 07:54
Asunto: [Genealogía de México Weblog] Pendientes de moderación: "[Genealogia.org.mx] 12369 Apellido Chagoya"
Para: samuelsanchez@genealogia.org.mx


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Omar Hernandez (@Omarehp) commented on [Genealogia.org.mx] 12369 Apellido Chagoya

Hola Magui, yo soy bisnieto de Ernesto Chagoya, mi abuela era Doña Maria Del Carmen Chagoya Hernández y mi padre es Don Ernesto Hernández Chagoya, como podrás ver a mi ya no me tocó llevar el apellido Chagoya. mi direccion es omarehp@yahoo.com

Saludos...

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miércoles, 21 de diciembre de 2011

GenealogiaSureste 1347 Re: [Genealogía de México] 30556 28 de septiembre de 1821, primero de la Yndependencia Mexicana

El acta de independencia con la que se erigió México como país libre y soberano se escribió y firmó en la ciudad de México el 28 de septiembre de 1821.

De esta acta se envió una copia al Partido de Parras, cuya jurisdicción comprendía por entonces prácticamente toda la Comarca Lagunera de Coahuila. El 6 de octubre de 1821, la Soberana Junta Provisional Gubernativa dio algunas instrucciones para la jura de la independencia, particularmente para aquellos lugares alejados a la ciudad de México.

 

            Decretos:

1.- Que el juramento y solemne proclamación de la independencia de este Imperio se verifique en esta capital el día veinte y siete del corriente octubre (1821) y en las demás ciudades que no la hayan proclamado, dentro de un mes después de recibida la orden que se les comunique. 

2.- Que para el día señalado concurran en la mañana a los ayuntamientos para mayor solemnidad del acto, dos individuos nombrados por cada uno de los tribunales y corporaciones de la ciudad respectiva y presididos los ayuntamientos por el jefe político donde lo haya, y por el alcalde donde no, otorguen individualmente el juramento debido bajo esta fórmula:

 

"¿Reconocéis la soberanía de este Imperio representada por su Junta Provisional Gubernativa?" "Sí, reconozco". "¿Juráis obedecer sus decretos, observar las garantías proclamadas en Iguala por el Ejército del Imperio Mexicano con su Primer Jefe, los tratados celebrados en la villa de Córdoba, y desempeñar fielmente vuestro encargo en servicio de la nación?"  "Sí, juro". "Si así lo hiciereis, Dios os ayude, y si no, os lo demande".

 

3.- Que antes de hacer este solemne juramento, se lea en los ayuntamientos la acta de la Soberana Junta de este Imperio declaratoria de su independencia, el Plan de Iguala y Tratados de Córdoba.

 

4.- Que en la tarde del día prefijado, se haga con la mayor solemnidad posible por las calles que elijan, el paseo a pie previo a la proclamación hasta llegar a la plaza mayor, donde en un tablado elevado y adornado al intento, se haga por el alcalde de primera elección, a nombre del pueblo, la proclamación en la forma y con la magnificencia que se hacían antes las juras de los reyes.

 

5.- Que el día siguiente haya una magnífica función para dar gracias al Todopoderoso.

 

6.- Que los ayuntamientos se manejen con toda la economía que no dañe la magnificencia de un acto tan augusto.

 

7.- Que en el tiempo intermedio los Tribunales, Oficinas y Corporaciones otorguen en su mismo tenor privada y particularmente, el juramento debido bajo la fórmula expuesta, a manos de sus presidentes o jefes, quienes lo deberán prestar de antemano en un mismo día ante el jefe político después que éste lo haya prestado en las de la Regencia del Imperio.

 

8.- Que de los actos solemnes del juramento y proclamación que se hicieren en consecuencia de las disposiciones precedentes, se remitan testimonios a la Regencia del Imperio y ésta los pase a la Soberana Junta, quedando en la Secretaría del Despacho la correspondiente noticia para exigir los que faltaren. Tendrálo entendido la misma Regencia para disponer lo necesario a su cumplimiento y hacerlo imprimir, publicar y circular. México 6 de octubre de 1821, primero de la independencia de este Imperio.1

 

Durante la mayor parte del siglo XIX, la cabecera del Partido y las poblaciones de su jurisdicción celebraron los días 15, 16 y 27 de septiembre como días patrios. El 15 y 16 en honor a los iniciadores del movimiento insurgente de 1810, y el 27 por ser el aniversario de la consumación de la independencia y cumpleaños de Iturbide.2

 

Nunca hubo dudas del extraordinario papel que Agustín de Iturbide había desempeñado en la consumación de la independencia. El Himno Nacional Mexicano —en su versión larga u original— le dedicaba una mención muy honorífica. A finales del siglo XIX, el gobierno federal le dedicó una medalla o proclama de plata en el primer centenario de su nacimiento.

 

Agustín de Iturbide. 27 de setiembre de 1883

 

La naciente villa y ciudad de Torreón le dedicó al libertador Iturbide una de sus principales avenidas,  la que daba a la estación de ferrocarril y a la estación del ferrocarril eléctrico o tranvía, la cual corría de oriente a poniente. Todavía en 1948 esta avenida llevaba el nombre del libertador, pero en ese año, un militar admirador del Varón de Cuatro Ciénegas solicitó al cabildo de la ciudad el cambio de nombre por el de avenida Venustiano Carranza.  El cabildo aceptó y se verificó el cambio.3 Legislaciones nacionales de la época de los setentas han tratado de cambiar la historia en base a decretos.  Torreón, a punto de cumplir su primer centenario como ciudad, tiene una deuda histórica con este extraordinario militar y consumador de nuestra independencia nacional. No existe en la actualidad una sola calle o monumento que recuerde su gesta gloriosa, principio de nuestra nación.

 

 

Transcripción del acta de independencia de México

 

"Acta de yndependencia del Ymperio Mexicano

 

Al margen: "Villa del N(ombr)e de Dios. S(an) Fran(cis)co del Mezq(uita)l. S(an) Pedro de Chalchihuites. S(an) Andrés del Teul. Sombrerete. Conv(en)to de S(an)to D(o)m(ing)o. Yd(em) de S(a)n Fran(cis)co del mismo. Nieves y Ríogrande. S(an) Juan del Mezq(uita)l. S(an) Mig(ue)l del Mezq(uita)l. S(an) Diego del Ojo. Cuencamé. Cinco S(eño)r(e)s. Mapimí y Gallo. S(an) Juan de Cast(a). Alamo de Parr(a)s. Parras". 

 

Al centro: "Acta de yndependencia del Ymperio. La nación Mexicana, q(u)e p(o)r trescientos años ni ha tenido voluntad propria, ni libre el uso de la voz, sale hoy de la opreción en q(u)e ha bibido =  Los heróicos esfuerzos de sus hijos han cido coronados y está consumada la empresa eternam(en)te memorable, q(u)e un genio superior a toda admiración, elogio, amor y gloria de su patria, principió en Yguala, promovió y llevó al cavo arrollando (obstáculos) casi insuperables   Restituída pues esta parte del septentrión al exercicio de quantos derechos le concedió el Autor de la Naturaleza, y reconocen p(o)r inenagenables y sagrados las naciones cultas de la tierra, en libertad de constituírse del modo q(u)e más combenga a su felicidad y con representantes q(u)e puedan manifestar su voluntad y sus designios, comienza a hazer uso de tan preciosos dones y declara solemnem(en)te p(o)r medio de la Junta Suprema del Ymperio q(u)e es nación soberana, i independ(ien)te de la antigua España con quien en lo suzecibo no mantendrá otra unión q(u)e la de una amistad estrecha en los términos q(u)e presqu(r)ibieren los tratados, q(u)e entablará relación(e)s amistosas con las demás potencias executando respecto de ellas quantos actos pueden y están en posesión de executar las otras Naciones soveran(a)s, que va a constituírse con arreglo a las leies q(u)e en el Plan de Yguala y Tratado de Córdova estableció saviam(en)te el Primer Gefe del Exército Ymperial de las tres garantías; y en fin, q(u)e sostendrá en todo trance y con el sacrificio de los haberes y vidas de sus indibiduos (si fuere necesario) esta solemne de(c)laración echa en la Capital del Ymperio a 28 de septiembre de 1821, primero de la Yndependencia Mexicana. = Agustín de Yturbide = Ant(oni)o Ob(is)po de la Puebla = Juan O´Donojú = Manuel de la Bárcena = Matías Monteagudo = Ysidro Yáñez = Lic. Juan Fran(cis)co de Azcárate = Juan Jose Espinoza de los Monteros = Jose Ma. Fagoaga = Jose Miguel Guridi y Alcocer = el marqués de Salvatierra = el conde de Casa de Heras Soto Juan Bautista Lobo = Fran(cis)co Man(ue)l S(anc)hez de Tagle = Ant(oni)o de Gama y Córdoba = Jose Manuel Sartorio = Manuel Velázquez de León = Manuel Montes Argüelles = Manuel de la Sota Riva = el marqués de San Juan de Rayas = Jose Ygn(aci)o García Yllueca = Jose Ma. Bustam(an)te = Jose Manuel Servantes de la Cadena = Juan de Orbegoso = Nicolás Campero = el conde de Jala y de Regla = Jose Ma. De Echeverz y Valdivielso = Manuel Martínez Mancilla = Juan Bautista Paz y Guzmán = Jose María de Jáuregui = Jose Rafael Suárez Pereda = Anastacio Bustamante = Ysidro Ygn(aci)o de Ycaza = Juan Jose Espinosa de los Monteros vocal secretario = Vocal secretario."       

 

Fuente: Archivo Histórico del Colegio de San Ignacio de Loyola en Parras (María y Matheo). Expediente 456.        

 

 

 

Notas

 

1.- Archivo Histórico del Colegio de San Ignacio de Loyola de Parras (María y Matheo). Expediente 456. Copia en la Universidad Iberoamericana Torreón.

2.- Ibíd. Expediente 462.

3.- Instituto Municipal de Documentación de Torreón. Actas de Cabildo. Acta 745. Fojas 105-v a 107-v. 28 de octubre de 1948.

 
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GenealogiaSureste 1346 Para solicitar documentos del archivo militar de Mexico



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lunes, 19 de diciembre de 2011

GenealogiaSureste 1345 28 de septiembre de 1821, primero de la Yndependencia Mexicana

28 de septiembre de 1821, primero de la Yndependencia Mexicana. = Agustín de Yturbide = Ant[oni]o Ob[is]po de la Puebla = Juan O´Donojú = Manuel de la Bárcena = Matías Monteagudo = Ysidro Yáñez = Lic. Juan Fran[cis]co de Azcárate = Juan Jose Espinoza de los Monteros = Jose Ma. Fagoaga = Jose Miguel Guridi y Alcocer = el marqués de Salvatierra = el conde de Casa de Heras Soto Juan Bautista Lobo = Fran[cis]co Man[ue]l S[anc]hez de Tagle = Ant[oni]o de Gama y Córdoba = Jose Manuel Sartorio = Manuel Velázquez de León = Manuel Montes Argüelles = Manuel de la Sota Riva = el marqués de San Juan de Rayas = Jose Ygn[aci]o García Yllueca = Jose Ma. Bustam[an]te = Jose Manuel Servantes de la Cadena = Juan de Orbegoso = Nicolás Campero = el conde de Jala y de Regla = Jose Ma. De Echeverz y Valdivielso = Manuel Martínez Mancilla = Juan Bautista Paz y Guzmán = Jose María de Jáuregui = Jose Rafael Suárez Pereda = Anastacio Bustamante = Ysidro Ygn[aci]o de Ycaza = Juan Jose Espinosa de los Monteros vocal secretario = Vocal secretario."       

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(desde mi SmartPhone)
Benicio Samuel Sanchez
Genealogista e Historiador Familiar

Email: samuelsanchez@genealogia.org.mx
Website:  http://www.Genealogia.org.mx
Office (81) 8393 0011  
Cel 811513-8354

"Haz tu Arbol Genealogico...El Arbol mas Hermoso de la Creacion"
Por medio de la historia familiar descubrimos el árbol más hermoso de la creación: nuestro árbol genealógico. Sus numerosas raíces se remontan a la historia y sus ramas se extienden a través de la eternidad. La historia familiar es la expresión extensiva del amor eterno; nace de la abnegación y provee la oportunidad de asegurarse para siempre una unidad familiar".
(Élder J. Richard Clarke, Liahona julio de 1989, pág.69)



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